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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP- organismo de normalización técnica en Colombia en materia de contabilidad, información financiera, aseguramiento y divulgación de información sobre sostenibilidad, publicó un nuevo documento de orientación pedagógica. Se trata del DOP No. 23 que presenta una propuesta para la construcción de programas de Contaduría Pública.

Este documento surge del Comité Nacional de Educación conformado por el Consejo Técnico, y representa un esfuerzo colectivo público-privado para garantizar la calidad y pertinencia de los programas de contaduría pública en Colombia. Su reactivación en agosto de 2022 marcó un hito en la búsqueda de una educación contable alineada con los desafíos internacionales y locales de la profesión, consolidando un espacio interdisciplinario y regional para la discusión y construcción de propuestas innovadoras.

El documento se desarrolla a través de cuatro capítulos: una introducción, los objetivos, el desarrollo de una propuesta y los créditos sobre el documento. En palabras de sus autores es una propuesta integral que busca garantizar la calidad de los programas de Contaduría Pública, alineada con las demandas de confianza pública y pertinente para los contextos profesionales globales y locales.

En la introducción se abordan los antecedentes que llevaron a la redacción del documento y se presenta la metodología para la discusión y consolidación de la propuesta de resolución de calidad de los programas de Contaduría Pública.

En la parte de los objetivos se aborda la Fundamentación teórica, conceptual y regulativa, las tendencias y dinámicas nacionales e internacionales, el desarrollo profesional, perfil y competencias y un diagnóstico de competencias y necesidades.

A partir de lo expuesto en el documento el Comité Nacional de Educación elaborará un documento que contendrá una propuesta para la Resolución de Educación de los programas de Contaduría Pública en pregrado, dirigida al Ministerio de Educación Nacional. [160] Esta propuesta incluirá, entre otros aspectos, el perfil del contador público en Colombia, la definición de las competencias que deben ser acreditadas, organizadas en diversas categorías: teórico-científicas, analíticas, éticas, de gobernanza y sostenibilidad, digitales y de adaptabilidad, interpersonales y de liderazgo. Asimismo, se establecerán las áreas de formación.

Las regiones participantes fueron: Antioquia y Eje Cafetero, Valle del Cauca y Suroccidente, Caribe, Oriental y Centro. Cada comité regional cuenta con representantes académicos destacados, entre ellos Carlos Vargas González (Universidad de Medellín), Jorge Alexander Rodríguez Otálora (Universidad Libre Seccional Cali), Marta de Jesús Mármol Daza (Universidad Cooperativa de Colombia – Sede Santa Marta), Germán Ospina Hernández (Universidad Francisco de Paula Santander) y María Elena Escobar (Universidad Externado de Colombia), bajo la coordinación de Jairo Enrique Cervera, consejero técnico del CTCP.

Para conocer el documento, haga clic aquí.

La DIAN publicó el proyecto de resolución por medio de la cual se establecen las especificaciones técnicas para la transmisión y entrega de la información de la Declaración de Importación a través del servicio web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Por lo anterior, recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 28 de marzo de 2025, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

Como consecuencia de la declaratoria de día cívico nacional establecida mediante el Decreto 302 de 2025, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informa que se corren los plazos para la presentación y pago de las obligaciones tributarias correspondientes al mes de marzo, teniendo en cuenta que el Decreto 2229 de 2023 (decreto de plazos) se encuentra definido en términos de días hábiles.

Esta declaratoria impacta particularmente a las obligaciones de Retención en la Fuente, Impuesto a las Ventas e Impuesto Nacional al Consumo. Según los nuevos plazos, los vencimientos quedan estipulados así:

Día - Último dígito del NIT
19 - 6
20 - 7
21 - 8
25 - 9
26 - 0

Asimismo, con relación al impuesto Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF), el plazo correspondiente a la semana 10 quedó fijado para el 19 de marzo de 2025.

La DIAN invita a todos los contribuyentes a tener en cuenta estos cambios y así evitar inconvenientes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

En el marco de la jornada nacional de cobro "Al día con la DIAN, le cumplo al país", que se llevará a cabo esta semana, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) embargará facturas por $5.7 billones a 21.649 contribuyentes morosos, quienes, a pesar de facturar millonarias sumas, no han pagado sus impuestos, acumulando deudas por $2.6 billones.

Bogotá lidera el listado de embargos con el 53.6% del total, equivalente a $3 billones en facturas retenidas. Le siguen Medellín con $814.000 millones, Barranquilla con $488.000 millones, Montería con $309.000 millones y Cali con $273.000 millones.

“Los casos de quiénes adeudan más de $210.000 millones en impuestos como IVA e Impoconsumo serán llevados ante la Fiscalía General de la Nación para que esta entidad adelante las acciones penales del caso. Estamos trabajando para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes y reducir la evasión, por eso hacemos un llamado a quiénes tienen deudas con la DIAN para que se pongan al día y eviten sanciones administrativas y penales", indicó Luis Eduardo Llinás Chica, director general (e) de la DIAN.

Los mayores deudores de estos dos impuestos incluyen empresas clasificadas como grandes contribuyentes con deudas por $96.2 mil millones, seguidas por morosos de las ciudades de Bogotá ($65 mil millones), Medellín ($22.2 mil millones), Cali ($5 mil millones) y Barranquilla ($4.8 mil millones).

Es importante recordar que la normatividad vigente establece que el incumplimiento en el pago de impuestos recaudados, como el IVA y el Impuesto al Consumo, puede dar lugar a prisión de 4 a 9 años y multas del doble de lo no consignado, sin superar los $5.079.498.000 para 2025 (102 mil UVT)

En cumplimiento de lo establecido en la Resolución 2457 del 16 de diciembre de 2024, los gobiernos de la República de Colombia y el Estado Plurinacional de Bolivia han acordado iniciar, a partir del 18 de marzo de 2025, la etapa de producción controlada para la implementación del intercambio digital de certificados de origen (CDOs) en el marco de la Comunidad Andina de Naciones (CAN).

El diligenciamiento y presentación de los CDOs continuará bajo las mismas condiciones establecidas desde el pasado 28 de febrero.

Una vez revisado y aprobado el COD, a través del servicio informático estará disponible para consulta la versión XML y PDF del Certificado, en este último, en la casilla de observaciones, el exportador podrá consultar el identificador del COD, denominado CertificateID, para efectos de comunicar dicho código al importador y permitir la continuidad del trámite ante la aduana de destino.

Importante
Se reitera que la duración de este periodo de producción controlada está sujeta al acuerdo entre Colombia y Bolivia, quienes determinarán la fecha definitiva de entrada en operación.

Para cualquier inquietud relacionada con el proceso, puede escribir al buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) reiteró que el alquiler de las zonas comunes por parte de las propiedades horizontales, sean estas de uso residencial, comercial o mixto, es un servicio como cualquier otro y, en consecuencia, está gravado con el impuesto sobre las ventas -IVA.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 482 del Estatuto Tributario, las personas exentas de pagar impuestos nacionales, departamentales o municipales no están exentas del impuesto sobre las ventas -IVA.

Sobre este tema, desde el año 2014 el Consejo de Estado, confirmando doctrina desde expedida desde el 2006, aclaró que las propiedades horizontales son “contribuyentes del IVA por la explotación económica de sus zonas comunes, a través de la prestación del servicio de parqueadero y por la cesión de dichas zonas a favor de terceros".

“Cuando los conjuntos alquilan parqueaderos, piscinas, salones comunales, gimnasios, bbq, u otros espacios de zonas comunes, están prestando un servicio, independiente de que quien alquile sea propietario, residente o visitante. El Estatuto Tributario establece que ese servicio que se presta está grabado con IVA y debe generarse la respectiva facturación electrónica. Cuando el uso de estas zonas comunes se dé a manera de préstamo o cuando su costo esté incluido dentro de la cuota de administración, sin que haya un cobro por concepto de alquiler, no se genera el IVA", aseguró Gustavo Peralta Figueredo, director de Gestión Jurídica de la DIAN.

Durante 2024 la DIAN adelantó reuniones con agremiaciones y representantes legales de propiedades horizontales en diferentes regiones del país; producto de ello, y luego de diversos análisis y recopilación de evidencias, se logró la reclasificación de 1.200 conjuntos que, estando obligados a declarar y pagar el IVA, no lo hacían. Actualmente la entidad avanza en labores de reclasificación de oficio a más de 90 copropiedades por este mismo motivo.

Es potestad de cada propiedad horizontal determinar si el uso de esas zonas comunes es un servicio que cobran a terceros o está incluido dentro del pago de administración. En caso de que se opten por alquilar estas zonas, la copropiedad debe cumplir la normatividad vigente en relación con lo previsto en cuanto al pago y declaración de IVA y la correspondiente facturación electrónica.

El Ministerio de Hacienda publicó el Proyecto de Decreto "Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en lo relacionado con las reglas de funcionamiento para el uso de Centros de servicios compartidos, esquemas de cooperación y coordinación y apoyo externo por parte de las organizaciones de la economía solidaria que prestan servicios de ahorro y crédito".

La entidad recibirá comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 29 de marzo de 2025.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

Con el propósito de facilitar las operaciones del sector automotriz, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- ha actualizado los documentos soporte para la expedición de certificados de origen de vehículos y autopartes ensamblados y producidos en depósitos de transformación o ensamble, en el marco de la Comunidad Andina de Naciones.

A partir del 26 de febrero de 2025, se han actualizado los formatos FT COA 2726 y FT COA 2727:

FT COA 2726: Documento para la expedición de certificados de origen de vehículos ensamblados en depósitos de transformación y ensamble.
FT COA 2727: Documento para la expedición de certificados de origen de autopartes producidas en depósitos de transformación o ensamble.
Las nuevas versiones permiten incluir hasta cincuenta (50) ítems y consignar, en un anexo, la relación de los proveedores de material CKD, así como las declaraciones de importación o facturas, en caso de que la información sea extensa.

Para consultar los formatos actualizados, ingrese al siguiente enlace: Formatos que acompañan Certificados de Origen en depósitos de transformación o ensamble.

La DIAN publicó el Proyecto de Resolución, por la cual se modifica parcialmente la Resolución 005707 del 5 de agosto de 2019 “por la cual se establecen los requisitos para ser autorizado para actuar como autorretenedor del impuesto sobre la renta”.

Por lo anterior, se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 21 de marzo de 2025, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

El Gobierno nacional presentó el programa de crédito popular CREO, que dispondrá de $185 mil millones para atender las necesidades financieras de micronegocios en las principales ciudades del país.

Se trata de recursos que serán girados a los beneficiarios en préstamos de entre $ 2 millones y $ 4 millones a través de Bancoldex, sin necesidad de garantía, para personas naturales o jurídicas, formales o informales, de forma individual o en asociatividad, y plazo de hasta 12 meses.

En el programa 'CREO, un crédito para conocernos', participan los Ministerios de Hacienda y Crédito Público; Comercio, Industria y Turismo; Agricultura y Desarrollo Rural, y todas las entidades que forman parte del Grupo Bicentenario y Banca de las Oportunidades.

El objetivo de esta línea crediticia es facilitar el acceso al financiamiento para micronegocios y Unidades Productivas de las Economías Populares y Comunitarias (Upepc), promoviendo su crecimiento y sostenibilidad económica.

“La línea de Crédito Popular corresponde a créditos para el segmento productivo no agro. Es decir, Upepc que no realicen su actividad económica en el sector agropecuario. Esta línea cuenta con un cupo disponible de $ 185.000 millones de pesos y está dirigida a crear incentivos para la inclusión financiera", destaca el Ministerio de Hacienda.

Acceso y perfil al crédito CREO
La línea de Crédito Popular CREO estará dirigida a personas naturales o jurídicas, mayores de edad, domiciliados en Colombia, y que tengan clasificación en los grupos A, B, o C del Sisben IV o con ingresos anuales inferiores a 5 salarios mínimos mensuales durante el año anterior a la solicitud del crédito o en los últimos 12 meses calendario.

Además, deben no haber recibido financiamiento formal en los últimos dos años ni tener operaciones de crédito vigentes.

Los beneficiarios del crédito CREO deben tener una actividad productiva de pequeña escala en cualquier sector de la economía, excepto en actividades agropecuarias primarias.

Aliados financieros
La solicitud del crédito CREO debe tramitarse a través de entidades financieras aliadas a Bancoldex, como bancos, cooperativas financieras, Fintech, ONG's financieras, entre otros.

Algunos beneficios que tendrán estos usuarios son: menores tasas de interés, incentivos al buen pago, disponibilidad de crédito en todo el país, capital de trabajo y sustitución de pasivos (materias primas, insumos, nómina, servicios públicos, arriendos, costos de transporte y demás costos y gastos operativos de funcionamiento, etc.).

Crédito para la mujer
La línea crédito CREO tiene la modalidad 'Mujer Trabajadora: La Línea CREO, Cree en ti', a través del Fondo Mujer Libre y Productiva se ha ha establecido un alivio de abono a capital adicional del 5 %.

Las mujeres admitidas para recibir este beneficio adicional deben completar un curso de educación financiera que proporciona la entidad financiera otorgante del crédito.

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