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Hasta el 30 de abril morosos de la DIAN podrán pagar deudas con tasa de interés del 4.5%
Richard santaEl Gobierno Nacional estableció en el Decreto 0240 del 12 de marzo de 2026 mecanismos extraordinarios que permitirán a los contribuyentes en mora de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), ponerse al día con importantes beneficios en sanciones e intereses, en el marco de las medidas para atender la emergencia económica, social y ecológica declarada en varias regiones del país.
Los contribuyentes que a 31 de diciembre tuvieran deudas tributarias, aduaneras y cambiarias podrán aplicar a la tasa especial en intereses de mora del 4.5% y pagar, únicamente, el 15% del monto de sanciones, siempre y cuando este no sea inferior a la sanción mínima que corresponde a 10 UVT, es decir, $524.000. Para acceder a estos beneficios, se deberá cancelar el 100% del valor del capital de la deuda.
El Decreto también establece un beneficio para quienes no hayan presentado declaraciones, es decir, que son omisos, o para aquellos que necesiten corregirlas, pagando sólo el 15% de la sanción correspondiente, sin necesidad de liquidar intereses de mora.
Los contribuyentes que deseen acogerse a estos beneficios podrán hacerlo hasta el 30 de abril del presente año.
La DIAN invita a los contribuyentes con obligaciones pendientes a aprovechar estas condiciones especiales, que presentan una oportunidad excepcional para normalizar su situación fiscal con menores costos y contribuir al financiamiento de las acciones que adelanta el Estado para atender la emergencia.
16 de julio, fecha límite para trasladarse entre Regímenes Pensionales
Richard santaLa fecha límite que tienen los colombianos afiliados al sistema de pensiones en Colombia para acreditar los requisitos de la oportunidad de traslado entre Regímenes Pensionales prevista en los artículos 76 de la Ley 2381 de 2024 y 12 del Decreto 1225 de 2024, será hasta el 16 de julio de 2026.
Los cotizantes podrán continuar acreditando las obligaciones para acceder a la oportunidad de traslado hasta el momento en que la Corte Constitucional determine la nueva fecha de entrada en vigencia de la Ley, teniendo en todo caso como plazo máximo para solicitar el traslado el término de dos (2) años previsto en el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024, esto es, hasta el 16 de julio de 2026.
A pesar de que inicialmente el límite temporal para acreditar las semanas para acceder a la oportunidad de traslado se había fijado hasta el 30 de junio de 2025, este límite dejó de producir efectos mientras no exista un pronunciamiento definitivo de la Corte Constitucional sobre la vigencia integral de la Ley.
Así lo aclaró en comunicación escrita el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino a los presidentes de Colpensiones y Asofondos, a quienes compartió el sustento jurídico sobre la fecha límite para acreditar los requisitos de la oportunidad de traslado previstos en la Ley 2381 de 2024 y del Decreto 1225 del mismo año.
Es importante recordar, dijo el titular de la cartera laboral, que el artículo 76 de la Ley 2381 establece que las personas que cuenten con 750 semanas cotizadas, en el caso de las mujeres, y 900, en el caso de los hombres, y a quienes les falten menos de 10 años para cumplir la edad de pensión, tendrán un término de dos años contados a partir de la promulgación de la ley (16 de julio de 2024) para solicitar el traslado de régimen.
Gobierno unifica reglas de prácticas y contrato de aprendizaje
Richard santaEl Decreto 0223 de 2026 unifica y actualiza las disposiciones relacionadas con el desarrollo de prácticas laborales y del contrato de aprendizaje, con el propósito de asegurar procesos formativos pertinentes, seguros y con mayores garantías para estudiantes y aprendices en los sectores público y privado.
Hasta ahora existían normas dispersas para estas modalidades; el Decreto las compila en un solo cuerpo normativo, facilitando su comprensión y aplicación por parte de empresas, instituciones educativas y aprendices. Asimismo, fortalece la articulación con el Sistema Nacional de Cualificaciones e incorpora estándares específicos para las modalidades tradicional, dual y de vinculación formativa.
De igual forma, establece una diferenciación clara entre la vinculación formativa, orientada al cumplimiento de requisitos académicos, y el contrato de aprendizaje, regulado por el Código Sustantivo del Trabajo. Además, incorpora disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como medidas de protección frente al acoso laboral.
El Decreto define el contrato de aprendizaje como un contrato laboral especial a término fijo, con una duración máxima de tres años, estructurado en dos fases: lectiva (formación teórica) y práctica (formación en la empresa).
En cuanto al apoyo de sostenimiento, este varía según la modalidad. En la formación dual se reconoce el 75 % del salario vital durante el primer año y el 100 % a partir del segundo. En la formación tradicional, corresponde el 75 % durante la fase lectiva y el 100 % en la fase práctica. Los estudiantes universitarios recibirán, como mínimo, el 100 % del salario vital.
Mediante esta modalidad se garantiza el acceso a la seguridad social integral, salud, pensión y riesgos laborales; así como el reconocimiento de prestaciones y derechos colectivos, tales como la afiliación sindical, la participación en la negociación colectiva y el ejercicio del derecho de huelga, dentro de los límites legales. Igualmente, se refuerza la estabilidad laboral, con protección especial frente al despido en situaciones como maternidad o discapacidad.
Finalmente, esta normativa reconoce el contrato de aprendizaje como una modalidad laboral especial que transforma la práctica profesional, dejando de ser un proceso informal e impreciso para convertirse en una primera experiencia laboral plenamente protegida. En consecuencia, el Ministerio del Trabajo, en articulación con el SENA, adelantará acciones de inspección, vigilancia y control para garantizar el cumplimiento de la normativa aplicable.
Con estas disposiciones, el Decreto moderniza la transición entre la educación y el trabajo, amplía oportunidades, eleva los estándares de calidad formativa y promueve condiciones de mayor dignidad para estudiantes y aprendices.
Colombia y Venezuela instalan Comisión de Seguimiento al Acuerdo Comercial
Richard santaColombia continúa consolidando su agenda de integración económica con Venezuela con la instalación de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Alcance Parcial en materia Comercial No. 28, un espacio clave para reactivar el diálogo institucional, ordenar la relación comercial y avanzar en la construcción de condiciones más estables y previsibles para el intercambio binacional.
Este paso representa mucho más que el cumplimiento de un protocolo. Permite acompañar, con mayor capacidad institucional, una relación económica que viene retomando dinamismo y que, por su propia naturaleza, está llamada a profundizarse, tanto en el intercambio comercial como en la construcción de una integración productiva más sólida entre ambos países.
Durante la jornada, realizada en Caracas junto a la ministra del Poder Popular para el Comercio Exterior, Coromoto Godoy, y las delegaciones técnicas de ambos países, se definieron como prioridades la agilización en los pasos fronterizos, la reducción de costos logísticos y la armonización de requisitos sanitarios y fitosanitarios, con el objetivo de facilitar el flujo de bienes y fortalecer las condiciones del intercambio comercial, especialmente en sectores con alto potencial de encadenamiento, como el agroindustrial.
En ese contexto, la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales, señaló que la instalación de esta Comisión permite consolidar una relación comercial que viene recuperando dinamismo, dotándola de un marco institucional más claro, estable y permanente. “El comercio entre Colombia y Venezuela no es circunstancial: es una relación que se sustenta en una historia compartida y, sobre todo, en el potencial de consolidarse como una economía complementaria”, afirmó.
Explicó que el trabajo adelantado a través de este mecanismo busca acompañar esa dinámica con instrumentos que le den mayor orden y previsibilidad, priorizando aspectos como la operación en frontera, los costos logísticos y los requisitos sanitarios y fitosanitarios.
“Estos son, en últimas, los factores que determinan en qué condiciones se compite y cómo se integra el valor agregado nacional en los intercambios entre ambos países. Por eso son centrales en cualquier proceso de integración económica, porque es ahí donde se define la posibilidad real de construir encadenamientos productivos y generar mayor valor”, señaló.
En esa línea, subrayó que avanzar en estos frentes permite que la relación trascienda el intercambio de bienes. “De lo que se trata es de que el comercio no solo crezca en volumen, sino en calidad, en valor agregado y en integración productiva, de manera que ambos países puedan articular mejor sus capacidades y fortalecer sus estructuras económicas”, indicó.
La Ministra también destacó que este proceso abre una agenda más amplia de integración. “Aquí hay una oportunidad de construir una relación económica más profunda, que no se limite al intercambio comercial, sino que avance hacia la articulación de cadenas de valor, el desarrollo de servicios y la cooperación entre sectores estratégicos de nuestras economías”, afirmó.
Finalmente, enfatizó que la integración que se impulsa entre Colombia y Venezuela tiene un propósito claro. “Esta es una apuesta por el desarrollo compartido, por el fortalecimiento del valor agregado nacional y por una relación más equilibrada, en la que la complementariedad se traduzca en oportunidades concretas de crecimiento, especialmente en las regiones de frontera”, concluyó.
Además de estos avances, ambos países acordaron proyectar una agenda de mediano plazo que incorpore nuevos frentes de trabajo en servicios y cooperación institucional, así como el intercambio de experiencias en instrumentos de facilitación de inversión y estrategias de posicionamiento internacional.
Adicionalmente, en el marco de la Comisión, se avanzó en un ejercicio técnico orientado a identificar oportunidades de complementariedad productiva, a partir del análisis de bienes que Colombia actualmente importa desde otros mercados de la región. Este trabajo permitirá evaluar, bajo criterios de competitividad y calidad, la posibilidad de fortalecer a Venezuela como proveedor estratégico de insumos y materias primas para la industria nacional.
Gobierno y sector financiero firman acuerdo para alivio de damnificados
Richard santaEl ministro de Hacienda Germán Ávila Plazas, luego de varias reuniones de diálogo con el sector financiero, selló un acuerdo con Jonathan Malagón, presidente de Asobancaria, y César Ferrari, presidente de la Superintendencia Financiera, con el acompañamiento de representantes del sector bancario, como Banco Caja Social, BBVA, Banco de Colombia y Davivienda.
El ministro Ávila afirmó que, tras varias conversaciones con el sector bancario, incluso con la participación del presidente Gustavo Petro en algunas de ellas, se encontró un ambiente favorable que posibilitó generar un acuerdo en función de aportar a la atención de la emergencia y generar beneficios a las familias damnificadas.
Los dos objetivos principales del acuerdo son:
1. Disponer de alivios financieros para las personas y familias afectadas por la crisis climática.
2. Impulsar estímulos inmediatos para la reactivación económica de diversos sectores productivos, una vez sea superada la emergencia que, según afirmó el ministro, se encuentra en pleno desarrollo.
“Conviene informar que estamos ante una emergencia en desarrollo. Tuvimos una primera etapa con un fuerte impacto en la cuenca del Alto Sinú y en los departamentos de Córdoba y Sucre, principalmente, pero entendemos que los efectos se pueden extender por cuanto este frente frio imprevisible en la dinámica climática del país, coincidirá con el inicio de la temporada de lluvias, lo que seguramente afectará nuevos territorios, y debemos estar atentos a sus impactos”.
El acuerdo, descarta las inversiones forzosas, que se aplican desde hace más de sesenta años en el país, para privilegiar la estructura productiva y económica del país. En lugar de las inversiones forzosas, que se ejecutan a través de Finagro para la inversión en el sector agropecuario, a través de créditos de bajo costo y tasas subsidiadas o referenciales, se llegó a un acuerdo de intervención financiera en zonas afectadas, orientado también a la pequeña producción urbana. “Es imperativo que las familias y productores afectados reciban alivios de inmediato para dar continuidad a sus responsabilidades financieras en condiciones favorables”, sostuvo el ministro Ávila.
El objetivo es direccionar los esfuerzos del Estado para proteger y priorizar en la acción del sistema financiero a aquellos sectores afectados por la emergencia.
El ministro destacó que, si bien se trata de un paso significativo para garantizar la protección de la población afectada con los alivios propuestos, debe generarse una dinámica de reactivación económica, una vez sea superada la emergencia. Se va a requerir de una masa de créditos en condiciones beneficiosas para que las familias asociadas a dinámicas productivas, tanto agrícolas como urbanas, puedan iniciar nuevos ciclos de producción. El ministerio de Agricultura activo otras medidas a través de los decretos de Emergencia Económica, y el Ministerio de Hacienda prepara nuevos decretos, antes de que concluya la vigencia de esta primera fase de la emergencia, orientados a garantizar condiciones crediticias favorables.
“Hemos conversado con el sistema financiero y con Asobancaria con el propósito de direccionar una importante masa de créditos, para que exista en la zona de afectación una oferta de créditos disponibles que permitan la reactivación de proyectos productivos”. El Gobierno complementará estos beneficios con otras medidas.
El ministro se refirió a la problemática que se generan las altas tasas de intereses para créditos asociados a pequeñas unidades productivas; por ello se propone que los créditos respaldados por el Fondo Nacional de Garantías, que hoy día tiene un importante alcance en todo el país, sean asumidos en un 90% por el Gobierno nacional sin tasas de intereses elevadas, y sin referencia a las tasas de colocación para estos créditos de pequeñas cuantías o para unidades productivas menores, tanto a nivel urbano como rural. Se trata, según explicó el ministro, de un llamado de atención al conjunto del crédito garantizado, para que se entienda que la medida se traduce en la disminución del riesgo crediticio también en un 90%, lo que reduce la tasa sustancialmente.
El acuerdo plantea así, ejecutar los servicios del Fondo Nacional de Garantías sobre créditos, desactivar el protocolo de cobros jurídicos por impago, establecer periodos de gracia hasta de 12 meses, anular la imposición de intereses y garantizar el no deterioro en la calificación crediticia. También propone suspensión de los cobros jurídicos y prejurídicos, y poner en marcha un plan informativo que garantice que los beneficios lleguen a los interesados de manera oportuna y clara.
CTCP amplía plazo para comentarios sobre información financiera y sostenibilidad
Richard santaEl Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, decidió la ampliación del plazo del proceso de discusión pública del Documento Direccionamiento Estratégico: Convergencia hacia las Normas Internacionales para la Divulgación de Información Financiera Relacionada con la Sostenibilidad.
En sesión extraordinaria, los consejeros aprobaron la propuesta modificatoria en la que el plazo máximo para la recepción de comentarios (inicialmente pactado para el jueves 12 de marzo) se modifica y se establece, ahora, en el jueves 26 del mismo mes. Tal decisión fue consagrada en el Acta No. 15 del CTCP.
La consejera Sandra Muñoz, coordinadora del proceso, compartió a la Sala Plena que “diversas partes interesadas han solicitado al CTCP ampliar el plazo inicialmente establecido, con el fin de contar con tiempo adicional para revisar el documento, coordinar insumos técnicos internos y consolidar observaciones que reflejen adecuadamente sus análisis y consideraciones”.
En atención a dichas solicitudes, y con el propósito de promover una participación más amplia, fortalecer la calidad de los aportes técnicos y asegurar condiciones razonables para la recepción de comentarios, la Sala General analizó la conveniencia de ampliar el plazo.
Además, concluyó con la invitación a las partes a enviar sus comentarios al CTCP considerando esta fecha.
Colombia y Perú iniciarán operación plena del intercambio digital de Certificados de Origen
Richard santaLos Gobiernos de Colombia y Perú informan a los usuarios de comercio exterior que ha concluido satisfactoriamente el período de pruebas en producción controlada del intercambio de Certificados de Origen Digitales (COD) entre ambos países, desarrollado conforme a la Resolución 2457 de 2024 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), relacionada con el intercambio de certificados de origen entre los Países Miembros.
El período de pruebas, iniciado el 11 de febrero de 2026, permitió verificar el adecuado funcionamiento de los procesos de emisión, transmisión, recepción y validación de los certificados de origen digitales, así como la atención de eventuales incidencias técnicas.
Modalidades de emisión
Colombia: Operará principalmente mediante la emisión digital de los certificados de origen. La emisión en formato físico firmado y sellado se empleará únicamente en casos de contingencia debidamente justificados ante la autoridad competente.
Perú: Mantendrá un esquema mixto que combina la emisión digital y la emisión física firmada y sellada, considerando que algunos operadores aún se encuentran en proceso de digitalización.
Criterios para la calificación de origen
Las declaraciones juramentadas que respalden los certificados de origen en el marco del Acuerdo de la CAN y cuyo destino sea Perú, deberán ser calificadas en el Servicio Informático de Certificados de Origen bajo el esquema 55, seleccionando la norma de origen aplicable a las mercancías objeto de exportación.
Inicio de operación plena
A partir del lunes 9 de marzo de 2026, entrará en operación plena el intercambio digital de certificados de origen entre Colombia y Perú, contribuyendo al fortalecimiento de la facilitación del comercio y a la modernización de los procedimientos de certificación de origen en el comercio intracomunitario
DIAN enfrenta incidente externo de ciberseguridad en sistema de agendamiento de citas
Richard santaLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó que, tras un proceso de verificación técnica y análisis especializado, se confirmó la ocurrencia de un ataque informático externo que involucró acceso no autorizado a datos personales de usuarios del sistema de agendamiento de citas desarrollado por CIEL Ingeniería, proveedor tecnológico externo de la entidad.
Con base en las verificaciones realizadas, la DIAN destacó:
La información tributaria y aduanera de los contribuyentes no se ha visto comprometida ni vulnerada.
Las contraseñas y credenciales de acceso se encuentran protegidas y no han sido objeto de ataque.
Los servicios misionales y la atención a la ciudadanía continúan prestándose de manera continua y sin afectaciones.
A la fecha, no se ha afectado la operación esencial de la entidad.
Una vez detectada la situación se deshabilitaron los servicios comprometidos y se activaron de manera inmediata los protocolos institucionales de gestión de incidentes de seguridad, adoptando medidas para contener el evento, salvaguardar la información y prevenir nuevos accesos no autorizados.
La entidad trabaja con el proveedor tecnológico CIEL Ingeniería para realizar los ajustes que permitan un restablecimiento seguro del servicio; esto, con medidas como análisis de registros, pruebas de seguridad, evaluación de comportamiento de los sistemas y refuerzo de la protección de los servicios informáticos involucrados.
La DIAN interpuso denuncia ante la Fiscalía General de la Nación por los hechos registrados para que se adelanten las investigaciones del caso por el presunto delito de extorsión y demás conductas penales asociadas al ciberataque perpetrado. Además, se adelantan las acciones correspondientes para reportar el caso a la Superintendencia de Industria y Comercio, como autoridad nacional de protección de datos personales.
Este incidente corresponde a un ataque cibernético externo, frente al cual la entidad ha actuado con responsabilidad institucional, activando los mecanismos técnicos, administrativos y legales necesarios para proteger la información pública y contribuir a la investigación de los hechos.
La DIAN recalca que, aunque el sistema virtual de agendamiento de citas se encuentra temporalmente deshabilitado, los 56 puntos de contacto en todo el país operan con normalidad para brindar acompañamiento en trámites o servicios.
Las personas solicitantes de devoluciones por pago en exceso y lo no debido, de las direcciones seccionales de Bogotá, Bucaramanga, Medellín y Cali, deberán comunicarse a la línea telefónica +57 601 489 9000, donde podrán programar sus citas.
Gobierno y gremios avanzan en consenso para nuevo Régimen Sancionatorio Aduanero
Richard santaEn un avance fundamental para la competitividad del país, el Gobierno Nacional presentó ante el Consejo Gremial Nacional ampliado una serie de modificaciones al proyecto de ley del Régimen Sancionatorio Aduanero (RSA).
Estas nuevas propuestas integran de manera directa las iniciativas y necesidades planteadas por el sector privado, marcando el punto de partida para un consenso técnico que facilitará el trámite legislativo en el Congreso de la República.
El encuentro contó con el respaldo de la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes, representada por el coordinador de ponentes, el representante Alejandro Toro.
Actualmente, el Legislativo estudia dos propuestas: una del Gobierno y otra del sector gremial. Al respecto, el director general de la DIAN, Carlos Emilio Betancourt Galeano, enfatizó en la voluntad de diálogo para lograr un texto conjunto: “El Gobierno tiene toda la disposición para mantener el diálogo con el sector privado y para sacar adelante el régimen sancionatorio aduanero. Somos optimistas sobre las mesas de trabajo que se desarrollarán en los próximos días, para que estas dos propuestas, que son razonables, encuentren un camino de consenso que beneficie a Colombia".
Por su parte, los líderes gremiales calificaron la jornada como un hito para la seguridad jurídica. Catalina Chamorro, directora del Consejo Gremial Nacional, resaltó la disposición para una “discusión propositiva", mientras que Diego Rengifo, vicepresidente de Analdex, reconoció el esfuerzo de la DIAN por construir reglas de juego claras. En sintonía, Guillermo González Larsen, presidente de FITAC, subrayó que la meta es fortalecer, en paralelo, los sistemas tecnológicos para un mejor perfilamiento de riesgos en las operaciones.
Más control y menos trámites
El proyecto liderado por la DIAN tiene un objetivo prioritario: blindar la industria nacional frente al contrabando y proteger recursos fiscales que superan los 7 billones de pesos correspondientes a procesos en curso. Las modificaciones propuestas al proyecto ley se enfocan en la realidad de las operaciones sobre los trámites formales, introduciendo la "favorabilidad ampliada", es decir, la aplicación del análisis integral en los procedimientos de fiscalización para evitar castigos injustos.
Además, pensando en la sostenibilidad de las empresas, la propuesta incluye medidas sin precedentes como la reducción del monto de sanciones para evitar quiebras y la posibilidad de corregir errores de descripción sin ser sancionados, así como la inclusión de la causal de exoneración cuando se demuestre la debida diligencia.
También moderniza el esquema de multas haciéndolas más justas, se incorpora la legalización en remplazo de la sanción por no poner a disposición la mercancías y se establece el término para iniciar la acción de control en el caso de mercancías objeto de aprehensión. Con estas herramientas, el Estado busca no solo neutralizar delitos en frontera, sino facilitar un comercio exterior más eficiente, ágil y equilibrado para todos.
Aclaran que cuotas de administración no están atadas a aumento del Salario Mínimo
Richard santaPor medio de la Circular Externa conjunta, los Ministerios de Trabajo y Vivienda recordaron que la fijación e incremento de cuotas en Propiedad Horizontal es competencia exclusiva de la Asamblea General de Copropietarios, conforme a la Ley 675 de 2001, y no deber ser aumentada conforme al Salario Vital, ni al IPC.
La circular responde a inquietudes de la ciudadanía tras el aumento del Salario Mínimo para 2026, ya que se han conocido reportes de incrementos desproporcionados en algunas copropiedades.
De hecho, el artículo 38 de la Ley 675 establece que la Asamblea de Copropietarios cuenta con la exclusividad de aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos, por lo que, con base en este, fija las cuotas ordinarias y extraordinarias que deben asumir los copropietarios.
De esta manera, los Ministerios recuerdan que ni el Salario Vital, ni el IPC son causales de un incremento automático en el cobro de la cuota de administración, salvo que el reglamento de Propiedad Horizontal del conjunto residencial disponga de una fórmula específica para esta cuestión, la cual estará sujeta a modificaciones por parte de la Asamblea. Además, cualquier ajuste debe basarse en el presupuesto anual aprobado y ser analizado técnicamente por los copropietarios.
Finalmente, el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio invitan a las copropiedades a realizar análisis detallados de sus presupuestos y convocar asambleas informadas, que garanticen transparencia y proporcionalidad en las decisiones, procuren el beneficio y la seguridad de sus residentes y aseguren la sostenibilidad financiera de los conjuntos.
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Minambiente y DIAN fijan reglas para importación de plásticos de un solo uso
Richard santaEl Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), emitieron lineamientos ambientales que aclaran la aplicación del impuesto nacional a los productos plásticos de un solo uso importados, utilizados para envasar, empacar o embalar bienes.
Estos lineamientos se emiten tras la expedición de la Resolución 0005 de 2026 por parte de la DIAN y en el marco de lo establecido en la Ley 2232 de 2022, con el objetivo de brindar seguridad jurídica y criterios técnicos claros a los importadores frente a las exclusiones y requisitos ambientales contemplados en la norma.
El documento reúne el marco normativo vigente, las definiciones técnicas de envase, empaque y embalaje, el concepto de plástico de un solo uso y el detalle de las exclusiones establecidas por la ley. Además, orienta sobre la documentación que deben conservar los importadores para sustentar la aplicación de dichas exclusiones.
El Ministerio de Ambiente precisó que su competencia se limita a la emisión de conceptos y orientaciones en materia ambiental. Los aspectos tributarios, como la declaración, liquidación, fiscalización y pago del impuesto nacional son competencia exclusiva de la DIAN.
“Con la expedición de estos lineamientos, reafirmamos nuestro compromiso con brindar seguridad jurídica y claridad procedimental a los importadores; la articulación entre el Ministerio de Ambiente y la DIAN permite que la aplicación del impuesto a los plásticos de un solo uso se realice con criterios técnicos sólidos, garantizando un cumplimiento transparente y alineado con la normativa vigente", afirmó Carlos Emilio Betancourt Galeano, director general de la DIAN.
Con esta articulación institucional, el Gobierno busca facilitar el cumplimiento normativo, brindar seguridad jurídica a los importadores y fortalecer la implementación de las medidas orientadas a la reducción del impacto ambiental generado por los plásticos de un solo uso en el país.
Para conocer el documento, haga clic aquí.
A partir del 1 de marzo, el Gobierno de Ecuador subió los aranceles a todos los productos provenientes de Colombia al 50%, después de haberlo subido un mes atrás al 30%, en una secuencia de medidas unilaterales con el fin de presionar que Colombia tome medidas en la frontera para enfrentar los grupos criminales.
Colombia había respondido a la primera decisión de Ecuador aumentando los aranceles al 30% a una lista de 30 productos provenientes del país vecino. Ahora, el presidente de Colombia, Gustavo Petro, anunció que subirán los aranceles también al 50% y ampliarán la lista de productos afectados con la medida.
De acuerdo con un informe presentado por la Asociación Nacional de Comercio Exterior, Analdex, Ecuador se mantiene como un socio estratégico para Colombia. En 2025, Ecuador fue el sexto comprador de las exportaciones colombianas, al sumar USD FOB $1.846,7 millones, frente a USD FOB $1.921,7 millones en el 2024, lo que representó una contracción de -3,9% (una caída absoluta cercana a USD FOB $74,4 millones). Este ajuste se explica, en buena medida, por la disminución de energía eléctrica, que pasó de USD FOB $318,1 millones a USD FOB $133,8 millones, con una variación de -57,9%, evidenciando que el componente energético puede generar alta volatilidad en el agregado del intercambio.
Al aislar los bienes no minero-energéticos, que representaron 90,2% del total exportado a Ecuador, el panorama es más dinámico. En 2025, estos productos sumaron USD FOB $1.666,2 millones, frente a USD FOB $1.556,1 millones en 2024, equivalente a un crecimiento de 7,1% (un aumento absoluto cercano a USD FOB $110,0 millones). Este desempeño confirma que Ecuador no solo es un destino relevante, sino que se consolida como el segundo comprador de la canasta no minero-energética colombiana, reforzando la importancia de preservar condiciones estables y previsibles de acceso para el comercio formal.
Desde la perspectiva ecuatoriana, Colombia también ocupa un lugar destacado. En 2024, Colombia fue el noveno destino de las exportaciones de Ecuador, con un valor de USD FOB $850,2 millones y una participación de 2,5% del total exportado. Adicionalmente, como origen de las importaciones ecuatorianas, Colombia se ubicó en la tercera posición, con 7,3% de participación y un valor importado de USD CIF $2.161,9 millones, solo por debajo de Estados Unidos y China. Este doble posicionamiento evidencia que el vínculo bilateral trasciende un intercambio marginal: se trata de una relación con peso en ambos sentidos, donde cambios arancelarios pueden afectar de manera directa el acceso a mercado, los encadenamientos productivos y el bienestar del consumidor en ambos países.
En cuanto al resto del portafolio, éste mantiene señales de resiliencia y crecimiento en varias líneas de valor agregado. Se observan avances relevantes en productos farmacéuticos con un crecimiento de 9,4% y una participación del 3,4% de la canasta no minero energética hacia este país, otros productos referidos al café como los demás cafés sin tostar y café liofilizado presentan crecimientos relevantes de 47,4% y 14,9% respectivamente. Estos movimientos sugieren una mayor tracción de productos con demanda relativamente estable y ventajas logísticas por cercanía.
En manufacturas destaca bastante las exportaciones de vehículos para el transporte de mercancías con un valor adquirido en el 2025 por USD FOB $27,9 millones presentando un crecimiento de 31,7% respecto al 2024 donde se realizaron exportaciones por USD FOB $21,2 millones.
El comercio bilateral con Ecuador no solo se refleja en los montos, sino también en la amplitud del tejido exportador y la diversidad de la canasta. En el 2025 hubo 2.810 exportadores colombianos enviando mercancías al Ecuador registradas en 3.118 subpartidas, lo que confirma que se trata de un mercado con una base empresarial amplia y atomizada, donde participan tanto grandes compañías como pymes con envíos recurrentes o puntuales.
Pago total, única vía para que 2.893 agentes retenedores frenen procesos penales
Richard santaPago total, única vía para que 2.893 agentes retenedores frenen procesos penales
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) citó para este jueves 26 y viernes 27 de febrero a 2.893 agentes retenedores y recaudadores denunciados penalmente por no trasladar al Estado los impuestos que cobraron a los contribuyentes.
El monto total adeudado asciende a $314.838 millones, dinero que fue cobrado a los ciudadanos por concepto de IVA, retención en la fuente e impuesto nacional al consumo, pero no ingresó al Estado dentro de los plazos establecidos por la ley.
La jornada, que se desarrollará de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. en coordinación con la Fiscalía General de la Nación, tiene como objetivo impulsar los procesos penales ya iniciados y llevarlos hasta su definición judicial.
“Para los agentes retenedores denunciados, la principal alternativa es cancelar la totalidad de la deuda tributaria o acogerse a una facilidad de pago. De no hacerlo, los expedientes continuarán su trámite conforme a lo dispuesto en el artículo 402 del Código Penal, que contempla penas privativas de la libertad entre 48 y 108 meses, además de sanciones económicas equivalentes al doble de las sumas no consignadas": explicó el director general de la DIAN, Carlos Emilio Betancourt Galeano.
Los citados podrán presentarse en las sedes de la DIAN para recibir orientación sobre su situación y efectuar el pago total de la obligación. También podrán imputar al saldo pendiente los recursos que hayan sido previamente embargados o retenidos. Es importante reiterar que únicamente el pago completo de la deuda permite frenar el avance de la actuación penal y cerrar el proceso en los términos previstos por la ley.
Las jurisdicciones con mayor número de casos son Medellín (1.117 citados), Cali (270), Bogotá (224) y Villavicencio (219). También se adelantarán actuaciones en Ibagué (153), Cartagena (133), Pereira (102), Barranquilla (93), Manizales (86), Cúcuta (66) y Valledupar (55).
“Estos recursos no pertenecen al agente retenedor; son dineros pagados por los ciudadanos y deben ser entregados al Estado pues con ellos se financian servicios esenciales como salud, educación, seguridad e inversión social; recuperar estos recursos es una responsabilidad institucional, es honrar el contrato social y fortalecer la confianza en el sistema tributario", dijo el director Betancourt.
Por último, la DIAN advirtió que mantiene la lupa sobre quienes incumplen y que las acciones frente a estos casos son firmes y progresivas.
Proyecto de decreto, traslado de recursos de pensiones al Régimen de Prima Media
Richard santaEl Ministerio de Trabajo publicó para comentarios el Proyecto de Decreto "Por medio del cual se adiciona el Capítulo 5 al Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016, para reglamentar la exigibilidad del traslado de recursos desde el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) al Régimen de Prima Media con Prestación Definida a cargo de la administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, en virtud del traslado previsto en el Artículo 76 de la Ley 2381 de 2024"
Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.
Conozca la memoria justificativa del Proyecto de Resolución, haciendo clic aquí.
Las observaciones y comentarios al mismo y la referencia en la cual se indica si estas fueron acogidas o no por parte de la entidad, deberán ser enviadas al siguiente link: