¿Patrimonios autónomos, consorcios y uniones temporales están obligados a declarar ICA?
Richard santaLa Secretaría de Hacienda de Bogotá recordó que cuando se trate de actividades gravadas desarrolladas por uniones temporales y/o consorcios, están obligados a presentar la declaración y pago del ICA, las uniones temporales y consorcios.
Los consorciados o miembros de la unión temporal que sean contribuyentes de ICA podrán deducir de su base gravable el monto de ingresos declarado por la unión temporal o el consorcio. Cuando se trate de actividades gravadas desarrolladas a través de contratos de cuentas en participación, están obligados a presentar la declaración y pago del ICA al socio gestor.
La entidad resaltó que se puede hacer la declaración y pago del impuesto a través de www.haciendabogota.gov.co
Lo último de Richard santa
- Supersociedades presentó el informe equidad, diversidad e inclusión
- Concepto 291, Obligaciones contables en propiedad horizontal
- Medellín dará descuento de 70% en intereses de contribuyentes en mora
- Concepto 298, Tratamiento contable indemnización vehículo
- Resolución 235, DIAN actualiza los requisitos en régimen de tráfico fronterizo