La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, con base en las facultades conferidas por el artículo 550 del Estatuto Tributario, actualizó el pasado 30 de diciembre, en un 10% la tarifa del impuesto de timbre nacional para los pasaportes ordinarios que se expiden en el exterior por funcionarios consulares y otros documentos consulares.
Este reajuste del 10 por ciento rige durante los años 2017, 2018 y 2019, lo que significa que el aumento está por debajo de los índices de inflación, si consideramos que estará vigente durante tres (3) años.
El reajuste se realiza a partir del 1 de enero de 1986, y puede llegar a ser hasta del 25 por ciento. En esta ocasión el reajuste que el gobierno efectuó fue del 10 por ciento y es igual al efectuado en el año 2013, para los años 2014, 2015 y 2016, para las mismas actuaciones.
Lo último de Richard santa
- Sistema para transacciones financieras Bre-B, comenzó operaciones
- Vence el plazo para declarar y pagar el ReteICA en Bogotá
- Colombia y Venezuela firman memorando para crear Zona económica especial
- Supersociedades no "toma posesión" ni designa "agentes interventores"
- Supersociedades conserva sus funciones respecto de las sociedades sometidas a control