Empleadores que amplíen sus nóminas serán beneficiados con incentivos
El incentivo por generar nuevos empleos lo continúa entregando el Gobierno Nacional a aquellos empleadores que ampliaron sus nóminas, para este caso se harán los reconocimientos correspondientes por los meses de marzo y abril de 2022.
Según el cronograma de postulación para el mes de mayo, aquellos que generaron nuevos empleos pueden dirigirse a la entidad financiera donde tengan una cuenta de depósito e iniciar el proceso para ser acreedor del beneficio económico, por ingresar a sus empresas jóvenes entre 18 y 28 años, mujeres y hombres mayores de 28 años.
Serán favorecidos de esta medida creada por la Ley de Inversión Social, las personas naturales o jurídicas, los consorcios, las uniones temporales, los patrimonios autónomos y cooperativas, que demuestren su calidad de empleador mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes -PILA y las cooperativas de trabajo asociado que hayan cotizado, respecto de sus trabajadores asociados, el mes completo al Sistema de Seguridad Social Integral.
El ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, reiteró la invitación a los empresarios para que continúen beneficiándose de la iniciativa y generen empleo formal. “Recordamos a todos los empleadores que cada nuevo puesto de trabajo suma, y tendrá un apoyo del Gobierno Nacional por hasta 12 meses. La meta sigue siendo llegar al medio millón de empleos que nos propusimos antes de agosto del presente año”, agregó.
El apoyo estatal otorga a los beneficiarios un incentivo así:
Por trabajadores adicionales que sean jóvenes entre 18 y 28 años, se entrega el equivalente al 25 % de un salario mínimo legal mensual vigente.
Si vincula mujeres mayores de 28 años que devenguen y coticen hasta tres salarios mínimos, se concede un aporte de 15 % de un salario mínimo.
En el caso de integrar a sus nóminas hombres mayores de 28 años, se reconoce al empleador una ayuda hasta del 10 % de un salario mínimo
Proceso o paso a paso
- Realizar la postulación ante la entidad financiera ya sea en forma presencial o virtual.
- Presentar el formulario de manifestación de intención diseñado por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – UGPP.
- Anexar la certificación de cumplimiento de requisitos.
- Agregar copia actualizada del Registro Único Tributario -RUT del empleador.
Dato
Para más información consultar el ‘Manual operativo del incentivo a la generación de nuevos empleos’, artículo 24 Ley 2155 de 2021, donde se detalla el paso a paso para la postulación y el reconocimiento por las nóminas de marzo y abril de 2022.
11 países de las Américas firman acuerdo de reconocimiento mutuo de sus OEA
Como un importante hito del Operador Económico Autorizado a nivel internacional y con el apoyo del organismo internacional Alianza Global para la Facilitación del Comercio, 11 países de la región firmaron un acuerdo de reconocimiento mutuo de los programas de Operador Económico Autorizado.
Este acuerdo multilateral, fue suscrito en el marco del VIII Seminario Internacional del OEA en Sao Paulo, Brasil, y es considerado el acuerdo de OEA más grande que a la fecha se haya firmado en el mundo.
Los países firmantes: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Guatemala, Perú, Paraguay, República Dominicana y Uruguay, refrendan su compromiso internacional por robustecer la seguridad de la cadena de suministro internacional, que contribuye a la facilitación del comercio en la región, fortalece los lazos comerciales y afianza la competitividad de sus empresarios.
Luego de largas negociaciones entre las autoridades aduaneras de los 11 países y en plena pandemia, los países se comprometieron a sacar avante el objetivo de alcanzar este acuerdo multilateral.
Con la firma de este ARM, las empresas autorizadas por la DIAN en Colombia y certificadas por las autoridades aduaneras de los países firmantes, podrán acogerse a los beneficios consagrados en el programa, relacionados con trámites de comercio más ágiles ante las autoridades de control del OEA.
Por tanto, las empresas gozan de disminución de inspecciones físicas, documentales y tratamientos preferenciales al momento de ingresar las mercancías a los otros países, y a su vez, Colombia les otorga estos beneficios a los despachos de los otros países hacia nuestro país.
Por parte de Colombia firmó el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, Lisandro Junco Riveira, acompañado por la Directora de Gestión de Aduanas, Ingrid Diaz Rincón y la subdirectora del Operador Económico Autorizado, Adriana Rojas López.
Colombia cuenta actualmente con 539 operadores de comercio exterior que tienen la autorización como Operador Económico Autorizado, ocupando el 3 puesto en Latinoamérica con más operadores autorizados, después de México y Brasil. Los 11 países firmantes tienen un total de 2009 empresas certificadas como OEA.
En los 10 años del OEA en Colombia, las autoridades de comercio exterior consideran a las empresas OEA como los mayores usuarios de confianza, gracias a los cuales el país avanza en la construcción de un comercio legal, seguro y confiable. Actualmente, se cuenta con 12 ARM´s (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, México, Perú, República Dominicana, Paraguay y Uruguay).
El programa OEA, liderado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, cuenta con el apoyo de: Policía Nacional (Dirección de Antinarcóticos), Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - Invima, Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Superintendencia de Transporte y la Dirección General Marítima - DIMAR; y suma más de 70 beneficios para cada tipo de usuario entre aduaneros, tributarios, sanitarios y de atención preferencial.
Resolución 502, corrige yerros en resolución sobre devolución de IVA a turistas
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 502 del 19 de mayo de 2022, Por la cual se corrigen los yerros de transcripción de la Resolución 00489 del 29 de abril de 2022 “Por la cual se dictan disposiciones para la operación de la devolución del Impuesto sobre las Ventas -IVA a los turistas extranjeros..."
Ley 2208, incentivos económicos para acceso a empleo y formación de pospenados
El gobierno sancionó la Ley 2208 del 17 de mayo de 2022, "Por medio del cual se establecen incentivos económicos para fortalecer el acceso y las oportunidades en empleo y formación para la población pospenada y se dictan otras disposiciones ley de segundas oportunidades"
Ley 2207, normaliza plazos y términos en actuaciones administrativas modificadas por la pandemia
Por medio de la Ley 2207 del 17 de mayo de 2022, se modifica el decreto legislativo 491 de 2020, normalizando los plazos para atender las peticiones y los términos de las actuaciones administrativas o jurisdiccionales en sede administrativa que habían sido modificados a causa de la emergencia sanitaria.
Mintrabajo recordó que empleadores no pueden dificultar el derecho al sufragio de trabajadores
El Ministerio del Trabajo comprometido con la protección de los derechos laborales de los trabajadores en Colombia, recuerda que el código sustantivo del trabajo en su artículo 59 numeral 5 sobre las prohibiciones de los empleadores destaca lo siguiente: “Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter religioso o político, o dificultarles o impedirles el ejercicio del derecho del sufragio”
En este sentido si un empleador despide a su trabajador por alguna de las razones anteriormente expuestas, podría ser sancionado de manera pecuniaria con multas que van desde 1 hasta 5 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.
“Además se estaría incurriendo en un despido sin justa causa y el trabajador afectado deberá recibir su indemnización y podría si es su deseo acudir a las instancias penales dependiendo del caso”, afirmó el viceministro de empleo y pensiones, Andrés Felipe Uribe.
El Ministerio del Trabajo tiene a disposición de los trabajadores y empleadores 36 oficinas a nivel nacional para atender las querellas o quejas de la ciudadanía frente a situaciones de carácter laboral.
Sin embargo, las personas que no puedan acercarse de manera presencial pueden utilizar los canales virtuales que se encuentran en la página: www.mintrabajo.gov.co
Decreto 768, Clasificación de actividades económicas para el sistema de riesgos laborales
El Ministerio del Trabajo publicó el Decreto 768 del 16 de mayo de 2022, por el cual se actualiza la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones.
Decreto 728, Reglamenta Estatuto Tributario sobre rendimientos y componente inflacionario
Por medio del Decreto 728 del 12 de mayo de 2022, el Ministerio de Hacienda reglamenta los artículos 35, 38, 39, 40, 40-1, 41, 81, 81-1 Y 118 del Estatuto Tributario y se sustituyen unos artículos del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, referente a la los rendimientos y el componente inflacionario.
Esta semana vence plazo para declarar y pagar ReteICA del segundo bimestre
Los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio (ICA) que hayan practicado retenciones a título de ICA, correspondientes al segundo bimestre del año gravable 2022, deberán declarar y pagar su obligación a más tardar entre el lunes 16 y el viernes 20 de mayo, de acuerdo con el último dígito de identificación. Después de esa fecha, tendrán que asumir sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.
“Recordamos a los contribuyentes del impuesto que, para descongestionar y agilizar sus procesos de declaración y pago, sugerimos en la actual vigencia cumplir la obligación hasta la fecha correspondiente al número de identificación asignado en el calendario tributario. No obstante, cabe aclarar, se mantiene una fecha común límite para todos los agentes”, explica el secretario Distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.
Para este segundo bimestre, correspondiente a los meses de marzo y abril, los vencimientos de ReteICA estarán distribuidos de la siguiente manera: los números de identificación finalizados en 0 y 1 tendrán plazo hasta el lunes 16 de mayo; los terminados en 2 y 3, vencerán el martes 17; para 4 y 5, el último día es el miércoles 18; si el número finaliza en 6 o 7, el plazo irá hasta el jueves 19, y si el último dígito es 8 o 9, los contribuyentes deberán pagar a más tardar el viernes 20 de mayo.
Es importante reiterar que los agentes retenedores que no alcancen a pagar su obligación en la fecha correspondiente, podrán hacerlo hasta el mismo viernes 20 de mayo, fecha máxima de pago oportuno para todos los dígitos.
Los próximos vencimientos de retención en la fuente de ICA, correspondientes al tercer bimestre de 2022, serán del 18 al 25 de julio.
Mincomercio crea plataforma para digitalizar trámites de zonas francas
La ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana, anunció la puesta en funcionamiento de la Plataforma de Zonas Francas, herramienta que virtualiza los trámites para obtener la declaratoria de zonas francas.
El anuncio se realizó durante un evento llevado a cabo en las instalaciones de la ANDI, junto al presidente de este gremio, Bruce Mac Master, y que contó con la asistencia de empresarios de zonas francas, representantes de firmas consultoras y los potenciales usuarios de esta plataforma.
“Los inversionistas van a encontrar que los trámites, la presentación de documentos, la interlocución con los funcionarios encargados de llevar a cabo los procesos y todos los aspectos relacionados con la solicitud de declaratoria de una zona franca se tramitarán a través de esta plataforma. Esto permite que el proceso sea más eficiente y transparente” afirmó la ministra Lombana durante la presentación de la plataforma.
La funcionaria destacó que esta nueva herramienta digital permitirá el acceso al régimen desde todas las regiones del país, disminuyendo de igual forma los costos asociados para los inversionistas.
Por su parte, el presidente de la ANDI mencionó que “la Plataforma de Zonas Francas es una iniciativa en la que confluyen dos factores de competitividad: por una parte, la simplificación y virtualización de trámites y por otra, el instrumento de las zonas francas que es estratégico para la internacionalización de la economía, la atracción de operaciones de nearshoring y nuevos desarrollos industriales de bienes y servicios”.
Este desarrollo se enmarca en el propósito de virtualizar, de manera progresiva, el 100% de los trámites asociados con el régimen de zonas francas.
La plataforma virtual, disponible en www.zf.mincit.gov.co, generará una trazabilidad completa de los trámites de declaratorias que realizan los inversionistas ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
De acuerdo con los resultados obtenidos a partir de encuestas y del trabajo realizado con el sector empresarial representado, entre otros, por la Cámara de Usuarios de Zonas Francas de la ANDI, se incluyó en esta nueva herramienta un módulo de comunicaciones que permite que los solicitantes puedan realizar consultas, agendamientos de citas y generación de radicados que serán atendidos por funcionarios del Ministerio.
De igual manera, la plataforma permitirá a las entidades que hacen parte de la Comisión Intersectorial de Zonas Francas acceder al expediente de los trámites, lo cual les facilita contar con datos para tomar decisiones de política pública.
Esta nueva herramienta se suma a otros instrumentos que se han puesto en marcha durante el gobierno del presidente Iván Duque para digitalizar y agilizar los trámites que las empresas deben hacer ante autoridades locales y nacionales.
La plataforma hace parte de la política pública Estado Simple Colombia Ágil, se estima que esta estrategia le ha generado ahorros al país y, particularmente a los ciudadanos, por más de $300.000 millones de pesos.