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Firman convenio para que colombianos puedan cotizar para pensión en 14 países
El Presidente de la República, Gustavo Petro, encabezó la firma del acta de aplicación del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social, que protege los derechos de millones de trabajadores migrantes, sus familias y trabajadores en 15 países incluyendo Colombia.
En el acto, efectuado en la Casa de Nariño, en el marco del Día Internacional del Trabajo, participaron la Ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, y la Secretaria General de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social, Gina Magnolia Riaño.
“Este es un apoyo y un avance para nuestras reformas que efectivamente que están para poner los derechos de las y los trabajadores y que Colombia transite hacia los estándares internacionales”, puntualizó la Ministra del Trabajo.
El Convenio fue aprobado por la V Conferencia de Ministros y Máximos Responsables de Seguridad Social de los países de Iberoamérica, celebrada en Segovia, España.
“Esto ha sido un avance significativo, la ministra del Trabajo, ha estado muy comprometida con este instrumento porque llevamos más de 10 años, tratando a que se apruebe por el congreso, luego el control de constitucionalidad y ahora que ya tenemos esos dos requisitos y ahora ya es una realidad, a partir de este momento se cuentan 3 meses y entrará en vigor en 90 días” aseguró, la secretaria General de la OISS.
Este instrumento les permitirá a las personas trabajadoras migrantes, que a lo largo de su vida laboral hayan prestado servicios en uno o más de los Estados firmantes, beneficiarse de las cotizaciones efectuadas en cualquiera de estos territorios, con el fin de obtener acceso a las prestaciones económicas derivadas de la invalidez, vejez o supervivencia.
Entre los beneficios están: la igualdad de trato de los trabajadores iberoamericanos con independencia de la nacionalidad cuando trabajen en un país diferente al suyo; se establece la totalización de los periodos de cotización acreditados en los distintos Estados; se garantiza la conservación de los derechos adquiridos, no perdiéndose las prestaciones por trasladarse a otro país, y se determina la colaboración administrativa y técnica entre las instituciones gestoras para facilitar la aplicación de los derechos de los beneficiarios, entre otros.
Se debe tener presente que las legislaciones nacionales sobre seguridad social por sí solas no pueden garantizar ni mejorar la seguridad social y los derechos de pensión de las y los trabajadores migrantes. Por ello se necesitan normas aplicables en todos los países, que permitan disponer de una protección eficaz y completa de los derechos garantizados por los sistemas reglamentarios de seguridad social.
El convenio aplicará en los siguientes países: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay, Cuba y México.
86 de 89 artículos de reforma pensional, acogidos en Comisión de Concertación
“Estamos muy contentos con el trabajo que hemos venido realizando en esta mesa de concertación nacional de la reforma pensional, donde de manera juiciosa y rigurosa hemos venido trabajando desde el 24 de octubre del año pasado”, señaló la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez.
Así lo expresó, al finalizar la sesión de la Comisión de Concertación de Políticas Laborales y Salariales, donde en diálogo tripartito se aprobaron 86 de los 89 artículos del proyecto de ley que se presentará mañana 22 de marzo a las 11:00 a.m. al Congreso de la República. “Invito a todos y todas y les digo: Dialogar sí paga”, dijo.
Agregó: “En las 3 sesiones de la mesa de concertación hemos mirado 1 a 1, la manera de que efectivamente podamos beneficiar a más y más colombianos para que tengan el derecho a la pensión”.
“Hoy es muy importante decir que efectivamente hemos logrado el sistema de pilares, que es un cambio cualitativo, es decir, pasamos de un régimen que está en competencia y paralelo a un régimen unificado. Esto nos va a garantizar que a diferencia de lo que ocurre hoy que, por cada 4 adultos mayores, solo uno alcanza la pensión, que efectivamente este derecho lo extendamos a muchos más colombianos y colombianas”, anotó Ramírez Ríos.
El delegado de la Confederación de Pensionados de Colombia, CPC, Anselmo Gómez, “Hoy es un día histórico, hemos llegado prácticamente a una concertación de presentar un proyecto de reforma pensional unificado donde hay unos alcances sociales para todas las personas que no tenían la posibilidad de pensionarse, de madres cabeza de familia, colombianos del común, campesinos”.
Destacó: “Sobre todo, resaltamos que va a quedar dentro del marco de esta reforma la seguridad jurídica de las pensiones, tema bandera nuestro, no pueden continuar revisando pensiones de más de 20 o 25 años del pensionado haber adquirido sus derechos”.
El presidente de la Central Unitaria de Trabajadores, CUT, Francisco Maltés, precisó: “Con esta reforma pensional se amplía de una manera sustancial la cobertura en pensiones y se comienza a pagar la deuda social con los adultos mayores de 65 años sin posibilidad de pensionarse, es una de las grandes importancias de esta reforma”.
La presidenta de Acopy, Rosmery Quintero, resaltó: “Esta reforma representa como los sistemas pueden coexistir, y en esta reforma estructural tenemos elementos importantes: cierre de brechas sociales, pero muy significativo para la tranquilidad del sector empresarial y de los inversionistas que tiene un soporte jurídico y financiero muy fuerte”.
La representante de la Confederación Democrática de Pensionados, María Cabrera, anotó: “Esta reforma pensional también favorece a las mujeres madres de familia, quienes por cada hijo tendrán reconocidas 50 semanas para poderse pensionar y hasta 3 hijos, pero además es una reforma generosa con la población en condición de discapacidad como nunca se había hecho”.
El directivo de la CGT, Percy Oyola, “Lo más importante de esta reforma es que avanzamos en el diálogo social, que estamos concertando que eso es posible y que llamamos la atención frente a la polarización que se pretende hacer entre empleadores y trabajadores. Aquí todos juntos estamos construyendo una Colombia mejor”.
Convenio de colombianos que trabajan en el exterior sumen cotizaciones para pensión es constitucional
La Corte Constitucional de Colombia, dio luz verde al “Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS)”, que permite a los colombianos que cotizan en el exterior, acumular los tiempos laborados para acceder a pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia de origen común.
El Ministerio del Trabajo recibe con beneplácito este concepto dado por la Corte Constitucional a la Ley 2103 del 15 de julio de 2021, que beneficia a muchos colombianos que han migrado a los 15 países que hacen parte de este convenio.
La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, señaló: “Acogemos con alegría esta decisión de la Corte Constitucional, que va a permitir realizar los trámites formales ante la secretaría técnica de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social, OISS, para que se inicie la aplicación del convenio en los 15 países que hacen parte del mismo”.
Sobre el contenido del Convenio, la Procuraduría General de la Nación anotó “que se ajusta a la Constitución Política en tanto permite el desarrollo del trabajo en condiciones dignas y justas, optimiza el principio de favorabilidad y contribuye a la consolidación del derecho a la seguridad social, especialmente, en lo referente a la observancia de los principios de eficacia, universalidad y solidaridad”.
Además, indicó, que las disposiciones del tratado son acordes con las garantías laborales reconocidas en el artículo 53 de la Constitución, porque reconocen la importancia del trabajo y propenden por asegurar el mínimo vital de las personas que han desarrollado su vida productiva en distintos países.
Finalmente, la Procuraduría precisó que el tratado promueve la igualdad entre nacionales y migrantes, contribuye a la ampliación progresiva de cobertura y al acceso al sistema de seguridad social y protege a las personas mayores y a quienes se encuentran en situación de discapacidad.
¿Qué permitirá el “Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social”?
Garantiza la igualdad de trato de los trabajadores iberoamericanos con independencia de la nacionalidad cuando trabajen en un país diferente al suyo.
Admite la totalización de los periodos de cotización a pensión, acreditados en los distintos países que hacen parte del convenio; garantizándose la conservación de los derechos en curso de adquisición.
Asegura la conservación de los derechos adquiridos, no perdiéndose las prestaciones por trasladarse a otro país.
Permite la aplicación de las disposiciones más favorables al trabajador en el caso de que existan un convenio bilateral.
Establece la colaboración administrativa y técnica entre las instituciones gestoras para facilitar la aplicación de los derechos de los beneficiarios.
No modifica las legislaciones de los países, las coordina para evitar la pérdida de derechos contributivos
Dato
El texto del “Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS)”, fue admitido el 10 de noviembre de 2007, en Santiago de Chile, por la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado.
OIT evidencia problemas de compatibilidad entre regímenes de pensiones
Expertos de la Organización Internacional del Trabajo, provenientes de Suiza, compartieron en la subcomisión de reforma pensional ante representantes de los gremios, de los trabajadores, del Gobierno Nacional y de expertos, un estudio comparativo del Análisis de la legislación y práctica nacional frente al Convenio No. 102, que establece los criterios mínimos para regímenes de seguridad social.
La oficial de la OIT, Maya Stern-Plaza Logal, señaló “hemos concentrado nuestro enfoque sobre los sistemas de pensiones de vejez, y los insumos preliminares muestran que hay todavía problemas de compatibilidad entre el régimen de pensiones tanto el de prima media, como el de la RAIS, que necesitarían unos cambios estructurales, con el fin de asegurar la suficiencia en la prestación”.
Por su parte, el especialista de la OIT, Pablo Casalí, agradeció la oportunidad de compartir en este espacio tripartito el informe preliminar sobre la brecha de compatibilidad entre la legislación nacional y los principios y orientaciones del Convenio No. 102, de la norma mínima de seguridad social.
Como puntos de referencia que constituyen las normas mínimas de protección social, se contemplaron la definición de la contingencia, personas protegidas, tipo y monto de las prestaciones, condiciones para tener derecho a las prestaciones, incluido el periodo de calificación y la duración de la prestación y el periodo de espera.
Así mismo, la contingencia, condición de acceso, cobertura mínima, la duración de la prestación y las características mínimas.
Reforma pensional estructural, principal recomendación al gobierno de La OIT
Tras la solicitud oficial por parte de la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, una misión especial de la OIT, llegó desde Ginebra, Suiza, para presentar las recomendaciones frente a las reformas pensional y laboral que adelanta el Gobierno Nacional.
Dentro de las principales recomendaciones que señala la Organización Internacional del Trabajo, en su informe, está la construcción de una reforma estructural al sistema de pensiones, para eliminar la inequidad y la competencia dentro del sistema.
Maya Stern Plaza, funcionaria de la OIT encargada de normas y legislación del Departamento de la Protección Social, explicó que desde la organización vienen trabajando un informe entre las normas mínimas de seguridad social que es el convenio 102 y la legislación y la práctica del sistema de seguridad social de Colombia, y han identificado las áreas donde existe conformidad y brechas, como las pensiones y el desempleo.
“Hemos destacado en el informe algunos puntos que podrían ser no alineados con los principios como podrían ser, la sostenibilidad del sistema, la previsibilidad de las pensiones, que sean suficientes, entonces cuando hay un sistema con una competición entre dos regímenes, pueden llevar a problemas de pobreza en la vejez que es lo que el informe intenta identificar y remediar, y además podrían ser insumos para la reforma pensional”, señalo, la funcionaria de la OIT.
La misión de la OIT insistió además en la implementación de un sistema de pilares que beneficie a los adultos mayores que no tienen acceso a una pensión y así generar mayor cobertura.
“Queremos dar unas pautas para crear sistemas integrales de seguridad social, que cubrirían tanto a las personas que tienen capacidad de cotización como personas que no tienen esa capacidad y por lo tanto también habla de cómo se podría integrar un sistema de protección social dentro de un mecanismo de seguridad social, entonces todo esto se alinea con las normas internacionales”, dijo, Stern Plaza.
La Ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, agradeció la disponibilidad de la Organización Internacional del Trabajo, para compartir la investigación y sus recomendaciones frente a las reformas laboral y pensional.
“Una de las conclusiones a las que se ha llegado, es que tal y como está nuestro sistema pensional es un sistema que no es sostenible en el tiempo y sobre todo porque tenemos dos regímenes que son asimétricos y desde luego que no están cumpliendo con la función para la que fueron creadas que es pensionar al mayor número de colombianos y colombianas, la propuesta entonces es rectificar, es alinear y sobre esa base vamos a avanzar en el convenio 102 de la OIT y trabajaremos para que la reforma que estamos construyendo sea la mejor para el país”, afirmó, la Ministra.
El Convenio 102 de la OIT, define las 9 ramas de la seguridad social: asistencia médica, prestaciones monetarias por enfermedad, prestaciones de desempleo, de vejez, en caso de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, familiares, de invalidez y de sobrevivientes. Hasta el momento Colombia es uno de los pocos países de la región que no lo ha ratificado.
El próximo 13 de febrero la misión de la OIT presentará las recomendaciones ante la subcomisión tripartita, es decir, gremios de la producción, centrales obreras y entidades del Gobierno que construyen el proyecto de ley de la reforma pensional.
Se conocen las primeras propuestas para la construcción de la reforma Pensional
La subcomisión de la reforma pensional integrada por gremios de la producción, centrales sindicales, Gobierno Nacional y expertos, tuvo un importante avance donde se conocieron las propuestas para el proyecto de ley por parte de los sindicatos y entidades como Asofondos y Fasecolda que fueron invitadas a la subcomisión porque hacen parte del régimen pensional del país.
La Ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, destacó algunas de las propuestas y enfatizó en la importancia de la reforma pensional como una ley que beneficie a la mayor cantidad de colombianos y colombianas.
“Las centrales presentaron 30 artículos de manera unificada, por ejemplo, piden que las personas que no tienen oportunidad de pensión reciban una renta básica de vejez equivalente a un salario mínimo y proponen que solo exista un régimen pensional, es decir Colpensiones.
Por su parte Fasecolda y Asofondos, proponen lineamientos como por ejemplo que la reforma, responda al avance del envejecimiento de la población, no solo de la presente generación, sino de las próximas generaciones además que sea sostenible en el tiempo e Incluir componentes de solidaridad y de ahorro, pero como lo he dicho y lo reafirmo, vamos a construir en la diferencia y por supuesto la reforma pensional al igual que la laboral debe favorecer a la mayor cantidad de los y las colombianas” dijo la Ministra.
Recordemos que la propuesta inicial del Gobierno Nacional está basada en un sistema de pilares: el pilar de ahorro voluntario complementario, el pilar contributivo y el pilar solidario básico, este último beneficiaría a cerca de 4 millones de adultos mayores que no tienen posibilidad de recibir una pensión y para ellos existiría una renta de medio salario mínimo que se pagará con recursos del presupuesto general de la nación que se liberan tras la implementación de dicho proyecto de ley.
Reforma tributaria no gravará pensiones
Al término de la reunión que sostuvo con ponentes de la reforma tributaria de los partidos de gobierno, el presidente de la República, Gustavo Petro, anunció que no se gravarán las pensiones y que la sobretasa al petróleo y el carbón se aplicarán con base en los precios internacionales de los hidrocarburos.
En su declaración, el Mandatario precisó: “Un aspecto, no vamos a presentar un impuesto a las pensiones. Segundo aspecto, modificamos la tributación del sector de hidrocarburos, que trabaja con bienes públicos, de propiedad de la nación: el petróleo y el carbón”.
En este sentido, puntualizó que “se mantiene el que las regalías, en todo el sector minero que paga regalías, no sean deducibles del impuesto de renta, por un criterio básico y fundamental: los bienes del subsuelo de nación, desde la Constitución de 1886, son propiedad de la nación, son propiedad pública, son propiedad del pueblo colombiano. En esa medida, la nación, cuando concede su explotación económica por un particular, tiene el derecho a unas regalías y, por tanto, estas no son parte de la contabilidad de las empresas privadas que tienen esa concesión, y no son entonces deducibles de su impuesto de renta”.
Al respecto, el Jefe de Estado indicó que, en la reunión de ponentes, se acordó introducir la modificación de que “la sobretasa al impuesto para el sector petrolero y el sector carbonero dependerán del precio internacional del petróleo y del carbón”.
En este sentido, señaló que se ha introducido una fórmula que indica de dónde a dónde la sobretasa para el petróleo es del 5%, del 10% y del 15% en casos de precios superiores del petróleo al promedio de los últimos 20 años.
Igualmente, indicó que “hay una tasa diferencial para el carbón, que comienza un poco más tarde porque sus costos de producción son diferentes, y llega hasta un máximo del 10% de su impuesto de renta”.
Filosofía de la reforma tributaria
“Estas son las dos medidas que se han tomado. La ponencia se acabará de construir el día martes, miércoles, con este tipo de modificaciones y consensos ya logrados y tendremos entonces el último debate en las plenarias tanto de Cámara como Senado”, recalcó el Jefe de Estado.
Al indicar que el valor de la reforma tributaria es de 20 billones de pesos para 2023, el Mandatario sostuvo que su filosofía central consiste en dos aspectos: “Uno, aumentar la capacidad de pago del país, su capacidad para pagar sus compromisos internacionales, que crecieron lamentablemente de una manera muy alta en los últimos años. Y dos, para aumentar la justicia social en Colombia”.
“Por eso, los impuestos que aquí se han modificado tienen que ver con las capas de mayores ingresos de la sociedad colombiana y no afectan a la mayoría de los colombianos”, concluyó.
Personas sin opción de pensión tendrán oportunidad de tener una renta vitalicia
El Gobierno Nacional trabaja dos decretos que beneficiarán a las personas que no pueden pensionarse, para que no queden desprotegidas.
El primer caso, permitirá a las personas que no se han pensionado y han realizado aportes al Sistema de Pensiones, trasladar al programa de Beneficios Económicos Periódicos, BEPS los recursos, sobre los cuales el gobierno otorgará un 20 % adicional para que puedan gozar de una renta vitalicia, sí y solo sí manifiesta su intención en un plazo no mayor a seis meses.
“Lo que se pretende, es que aquellas personas que no puedan pensionarse no queden desprotegidas, y tengan una nueva opción de ingresar con esos ahorros de toda su vida al mecanismo BEPS, y de esta manera poder seguir ahorrando, a lo que la nación les pondrá un 20% adicional” puntualizó el Ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera
El otro caso, contempla que las personas que hayan ahorrado en el mecanismo de los Beneficios Económicos Periódicos, BEPS, puedan convertir ese dinero en semanas y así completar los requisitos y obtener una pensión de por lo menos un salario mínimo dentro del Sistema de Pensiones
Las anteriores alternativas y cuyos decretos se encuentran en borrador, aclara que la decisión que tomen las personas mayores es 100 por ciento voluntaria.
Los proyectos de decretos se encuentran publicados en la página web del Ministerio del Trabajo para comentarios de la ciudadanía y son producto de las necesidades y solicitudes que expresaron por diferentes medios parte de los colombianos.
Actualmente cuando los afiliados al Sistema General de Pensiones no cuentan con los requisitos mínimos para obtener una pensión de vejez y ante la imposibilidad de seguir cotizando, pueden solicitar a su fondo de pensiones la indemnización sustitutiva o la devolución de saldos.
PD. Decreto Único Reglamentario compilan normas del Sistema General de Pensiones
El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 30 de marzo de 2022, el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifican los artículos 2.2.4.4.3 y 2.2.4.4.4. y se adiciona el Capítulo 11 al Título 8 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016, Decreto Único Reglamentario por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones”.
A partir de enero los pensionados en Colombia gozarán de doble beneficio
Más de un millón 180 mil personas que hacen parte de los pensionados de este país que devengan un salario mínimo, verán reflejado en su próximo pago un incremento del 10.07%, así mismo, notarán una reducción en su cotización mensual en salud del 4%.
Así lo confirmó el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez, quien explicó que seis de cada 10 pensionados se beneficiarán con las medidas: “Estas personas que tienen una pensión equivalente a un salario mínimo y que estaban devengando $908.526, pasarán a recibir un millón de pesos mensuales, adicionalmente tendrán un descuento en sus aportes de salud del 4%”, precisó.
Según lo estipula como regla general el artículo 14 de la Ley 100 de 1993, el reajuste anual automático de las pensiones debe realizarse el primero de enero de cada año, y hacerse para algunos casos con base en el índice de precios al consumidor y para otros, en el aumento del salario mínimo, lo que dependerá del monto mensual de la pensión.
En el caso que la pensión sea mayor al salario mínimo mensual, el reajuste se hará con la variación porcentual del IPC del año anterior que certifique el DANE y que fue en el 2021 del 5,62 %.
El descuento en salud se basa en el artículo 204 de la Ley 100 de 1993, que estipula que para los pensionados que devengan un salario mínimo el descuento será para el 2022 del 4%, para los que tienen de mesada más de 1 SMLMV y hasta 2 SMLMV, la cotización mensual es del 10%; y para los que superen los 2 SMLMV será del 12%.