Circular 001, Acuerdos y Facilidades con Organismos de Acción Comunal
Richard santaLa DIAN sigue implementado mejoras en materia de facilitación de procesos y trámites para los Organismos de Acción Comunal y otras organizaciones populares.
Además de la atención prioritaria que dichas organizaciones están recibiendo en todos los puntos de atención del país, la entidad ha tomado nuevas decisiones para facilitar el cumplimiento del suministro de información en el Registro Único de Beneficiarios (RUB).
Por medio de la presente circular se establecen las siguientes medidas:
Se realizarán mesas de trabajo entre la DIAN, los Organismos de Acción Comunal y el Ministerio del Interior, para que la presentación de este reporte sea diferencial, de acuerdo con las condiciones particulares de los organismos comunales.
La DIAN expedirá una resolución mediante la cual ampliará el plazo hasta 31 de enero de 2025 para que los Organismos de Acción Comunal que se determinen puedan cumplir con la obligación de inscribirse en el Registro Único de Beneficiarios – RUB.
La DIAN generará campañas pedagógicas e informativas para sensibilizar y orientar a los organismos comunales en la presentación oportuna del reporte de RUB. Especialmente aclarando el tema de las sanciones, pues se ha tenido conocimiento de personas inescrupulosas que han desinformado a los comunales con el fin de generar pánico.
Recuerde que los trámites ante la DIAN son gratuitos y no requiere pago alguno ni intermediarios.
Para cualquier pregunta, queja o denuncia, las organizaciones pueden comunicarse al teléfono 601 307 8064 y seleccionar la opción 'organizaciones populares'.
Para información general sobre trámites, pueden consultar la “Guía de obligaciones tributarias para Organismos de Acción Comunal y Organizaciones Populares".
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