A través del Decreto 2718 del 26 de diciembre de 2014, el Gobierno determinó los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para la vigencia de 2015. Se establece que:
Los avalúos catastrales de los predios urbanos no .formados y formados con vigencia de 10 de enero de 2014 y anteriores, se reajustarán a partir del 10 de enero de 2015 en tres punto cero por ciento (3,0%).
Los avalúos catastrales de los predios rurales no formados y formados con vigencia de 1° de enero de 2014 y anteriores, se reajustarán a partir del 1° de enero de 2015 en tres punto cero por ciento (3,0%).
Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2014 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1°de enero de 2015, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado.
Para conocer el Decreto 2718 del 26 de diciembre de 2014, haga clic aquí.
Lo último de Richard santa
- Concepto 239, Idoneidad del C.P. en los trabajos de auditoría
- Proyecto de decreto, régimen prudencial y de operaciones de las cooperativas de ahorro y crédito
- Resolución 227, DIAN expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria
- Concepto 240, Requisito de EEFF certificados en contratación pública
- Concepto 255, CTCP sobre Forma de llevar la contabilidad